Requisitos para Acceder a unas Oposiciones

¿Cuáles son los requisitos previos para acceder a unas oposiciones?

Para poder participar en cualquier proceso selectivo debemos cumplir con una serie de requisitos previamente establecidos, y que determinan el tipo de oposición a la que podemos acceder.

De este modo, podemos distinguir entre requisitos generales y comunes a todas las oposiciones, y otros específicos para cuerpos y especialidades concretos.

Será en las bases de las respectivas convocatorias dónde se establezcan estos requisitos.

De modo general si hablamos de titulación requerida, debemos distinguir entre las exigidas para el acceso a personal funcionario y las necesarias para personal laboral.

Titulaciones exigidas para opositar

De manera esquemática podemos establecer:

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Titulaciones exigidas para Personal Funcionario

A1.
Para los cuerpos generales: Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado u otro título equivalente, cuando se trate de un cuerpo especifico por ejemplo Ingenieros Agronómos, el título de Ingeniería Agrónoma o el título universitario de Máster que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, de acuerdo con la legislación vigente

A2.
Para los cuerpos generales: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o título equivalente. Cuando se trate de un cuerpo especifico por ejemplo Enfermería, título de Diplomatura Universitaria en Enfermería o el Grado en Enfermería

C1.
Bachiller, Técnico, o titulación equivalente, o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, en los supuestos y con los requisitos legalmente establecidos.

C2. Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, EGB o cualquier titulación equivalente a la misma.

E. No se exige la posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo

Titulaciones exigidas para Personal Laboral

Grupo 1. Estudios superiores tales como Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado u otro título equivalente

Grupo 2. Estudios medios tales como Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o título equivalente

Grupo 3. Bachiller, Técnico, o titulación equivalente,

Grupo 4. Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, EGB o cualquier titulación equivalente a la misma.

Grupo 5. Nivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral.

Requisitos necesarios para acceder al empleo público como funcionario o personal laboral

 En los siguientes cuadros se resume de forma esquemática

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Como hemos comentado existen requisitos específicos que marcaran el acceso a determinados puestos de trabajo.

Entre otros requisitos específicos podemos encontrar requisitos de estatura, edad, etc que aparecen en oposiciones como las de Policía Nacional y Guardia Civil. Además en estas oposiciones también encontraras exclusiones médicas a tener en cuenta antes de decidir presentarse.

También se pueden encontrar requisitos específicos como tener un carnet de conducir determinado o incluso tener un nivel de Idiomas determinado.

 

El artículo 56 del EBEP (Estatuto básico del empleado público) recoge los requisitos generales necesarios que debemos reunir:

1. Nacionalidad.

1.1 Tener la nacionalidad española.
Cualquier persona con nacionalidad española podrá participar en procesos selectivos tanto para personal funcionario como laboral.

1.2 También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

1.3. Los extranjeros mencionados anteriormente, así como el resto de los extranjeros con residencia legal en España podrá participar en ofertas de empleo público de personal laboral.

2. Capacidad:

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3. Edad:

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.

4. Habilitación:

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Titulación:

Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas de cada convocatoria.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

¿Qué toca ahora?

Ahora que conoces los requisitos para acceder a una oposición debes elegir como vas a estudiar. ¿Academia, preparador o por tu propia cuenta?. Para ello puedes consultar el artículo que dejamos más abajo.

La forma en la que nos preparemos unas Oposiciones puede jugar un papel determinante para concluir con éxito el proceso selectivo. Por eso te dejamos un análisis y una serie de consejos que te ayudarán a tomar una decisión correcta.