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Según el artículo 4 de la Ley Electoral de Andalucía, son inelegibles:

  • A

    Las personas que ejerzan funciones o cargos conferidos y remunerados por un Estado extranjero.

  • B

    Todos los cargos públicos o conferidos por un Estado extranjero sean o no remunerados.

  • C

    Los que ejerzan funciones o cargos conferidos no remunerados por un Estado extranjero.

  • D

    Los que ejerzan funciones o cargos conferidos y remunerados por una Corporación Local.

Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito