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Según el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los servicios administrativos con gestión diferenciada:

  • A

    Tienen personalidad jurídica independiente, aunque están adscritos a una Consejería.

  • B

    Carecerán de personalidad jurídica independiente.

  • C

    Tienen personalidad jurídica independiente y no están adscritos a ninguna Consejería.

  • D

    Tienen personalidad jurídica independiente y están adscritos a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito