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Según el artículo 140 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, le corresponde en exclusiva:
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A
La unificación de la interpretación del derecho de Andalucía.
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B
El proceso de selección de los titulares de los órganos judiciales de los correspondientes cuerpos y escalas
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C
Fijar la capitalidad de las demarcaciones judiciales.
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D
Ejercer las funciones disciplinarias sobre jueces y magistrados.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito