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De acuerdo con el artículo 121 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, podrán ser recurridos en Alzada:
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A
Ante el órgano superior jerárquico que los dictó, las resoluciones y actos que no pongan fin a la vía administrativa.
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B
Ante el mismo órgano que los dictó, las resoluciones y actos que no pongan fin a la vía administrativa.
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C
Ante el órgano superior jerárquico que los dictó, las resoluciones y actos que pongan fin a la vía administrativa.
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D
Ante el mismo órgano que los dictó, las resoluciones y actos que pongan fin a la vía administrativa.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito