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De acuerdo con el artículo 82 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, los interesados, en el trámite de audiencia, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en un plazo de:

  • A

    No superior a quince días.

  • B

    No inferior a diez días.

  • C

    No inferior a diez días ni superior a quince.

  • D

    Quince días.

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