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En relación con los medios de prueba, de acuerdo con el artículo 77 de la ley 39/2015 de 1 de octubre:

  • A

    El instructor del procedimiento solo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

  • B

    El órgano competente para resolver el procedimiento solo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

  • C

    El instructor del procedimiento deberá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

  • D

    El órgano competente para resolver el procedimiento deberá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada.

Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito