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No podrán dirigir quejas al Defensor del Pueblo Andaluz:

  • A

    Los andaluces que residan fuera de la Comunidad Autónoma.

  • B

    Las personas jurídicas.

  • C

    Las Autoridades públicas cuando no se trate de quejas relacionadas con los asuntos de su competencia.

  • D

    Todos podrán dirigir quejas al Defensor del Pueblo de Andalucía.

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