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Las competencias reguladas en el artículo 42 del Estatuto de Autonomía de Andalucía son:
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A
Exclusivas, compartidas y de desarrollo.
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B
Exclusivas, reglamentarias y compartidas.
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C
Exclusivas, compartidas y ejecutivas.
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D
Exclusivas, Ejecutivas y reglamentarias.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito