1
visibility
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia no conocerá en única instancia, de los recursos que se deduzcan relacionados con:
-
A
Las disposiciones generales emanadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las Entidades Locales.
-
B
Los actos y resoluciones dictados por los Tribunales Económico-Administrativo regional de Andalucía y locales que pongan fin a la vía económico-administrativa.
-
C
Las resoluciones dictadas en alzada por el Tribunal Económico-Administrativo Central en materia de tributos cedidos.
-
D
De las apelaciones promovidas contra sentencias y autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo y de los correspondientes recursos de queja.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito