1
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito
-
A
Cuatro años, si bien el nombramiento podrá renovarse por dos periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final del periodo precedente.
-
B
Cuatro años, si bien el nombramiento podrá renovarse por un solo período de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final del primer período.»
-
C
Cuatro años. Dicho nombramiento no podrá renovarse sin perjuicio de lo previsto para el nombramiento con carácter extraordinario.
-
D
Seis años. Dicho nombramiento no podrá renovarse sin perjuicio de lo previsto para el nombramiento con carácter extraordinario.