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La condición de aforado del Presidente de la Junta de Andalucía se establece en el EAA en materia:
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A
Penal.
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B
Penal y civil.
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C
Penal, Civil y contencioso-administrativa.
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D
Penal, civil, contencioso-administrativa y social.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito