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La condición de aforado del Presidente de la Junta de Andalucía se establece en el EAA en materia:

  • A

    Penal.

  • B

    Penal y civil.

  • C

    Penal, Civil y contencioso-administrativa.

  • D

    Penal, civil, contencioso-administrativa y social.

Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito