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En relación con la creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas en la organización central de la Administración General del Estado, señale, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, qué prescripción es correcta.

  • A

    Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean, modifican y suprimen por orden del Ministro respectivo, previa autorización del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

  • B

    Las Subsecretarías, las Secretarías Generales, las Secretarías Generales Técnicas, las Direcciones Generales, las Subdirecciones Generales, y órganos similares a los anteriores se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Presidente del Gobierno, a iniciativa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y a propuesta del Ministro interesado.

  • C

    Las unidades que no tengan la consideración de órganos se crean, modifican y suprimen por Resolución del Ministro respectivo.

  • D

    Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean, modifican y suprimen por orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas a propuesta del Ministro respectivo.

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