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El procedimiento ordinario de reforma del Estatuto de autonomía de Andalucía requiere:

  • A

    La iniciativa de los partidos políticos

  • B

    La aprobación del Parlamento de Andalucía por mayoria de tres quintos

  • C

    La aprobación por las Cortes Generales por mayoría simple

  • D

    La aprobación del Parlamento de Andalucía por mayoría de dos tercios

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