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El artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que las leyes y normas emanadas de las instituciones de autogobierno de Andalucía:
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A
Extenderán su eficacia únicamente en su territorio.
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B
Tendrán eficacia plena, una vez que el Congreso y el Senado sean informados de su aprobación
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C
Tendrán eficacia en su territorio, aunque podrán tener eficacia extraterritorial cuando así se deduzca de su naturaleza y en el marco del ordenamiento constitucional.
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D
Sólo cuando se hayan publicado en el Boletín Oficial del Estado.
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