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En el artículo 2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, respecto a su ámbito subjetivo de aplicación se hace mención expresa de:

  • A

    La Administración Central del Estado.

  • B

    Las Administraciones de las Ciudades Autónomas .

  • C

    Las Administraciones de los Ayuntamientos.

  • D

    Al sector público institucional.

Proporcionada por Oposiciones con Éxito