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Conforme al artículo 118 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la responsabilidad penal del Presidente de la Junta será exigible:
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A
Ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
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B
Ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
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C
Ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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D
Ante el Tribunal Constitucional.
Pregunta ofrecida por Oposiciones con Éxito